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SICUE-Séneca

COORDINACIÓN DEL PROGRAMA EN LA ESCUELA: Subdirección de Movilidad Interuniversitaria e Investigación eiismi@unex.es
DESPACHO: A.2.8
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DE INTERÉS: http://www.educacion.es/educacion/becas-y-ayudas.html

LEGISLACIÓN QUE RIGE EL PROGRAMA

Orden Ministerial de 29/11/99, corregida en Orden Ministerial de 14/2/00.

CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA

La Red Universitaria de Asuntos Estudiantiles (RUNAE) de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) encargó a una comisión la realización de un anteproyecto para hacer realidad la movilidad de estudiantes entre centros universitarios españoles. Esta comisión confeccionó el documento SICUE, que una vez analizado por todos los vicerrectores que constituyen la RUNAE, fue aprobado por el PLENO el día 8 de julio de 1999 en Castellón de la Plana. El 13 de julio de 1999 el documento fue aprobado por la CRUE. Los Rectores de las universidades españolas, el día 18 de febrero de 2000, firmaron un convenio MARCO para el establecimiento de este sistema de movilidad de estudiantes entre las universidades españolas. El documento SICUE y sus formularios fueron adaptándose en diversas reuniones.

Por medio de este sistema el estudiantado de las universidades españolas puede realizar una parte de sus estudios en otra universidad distinta a la suya, con garantías de reconocimiento académico y de aprovechamiento, así como de adecuación a su perfil curricular.

Este sistema de intercambio tiene en cuenta el valor formativo del intercambio, al hacer posible que el estudiante experimente sistemas docentes distintos, incluidos el régimen de prácticas, así como los distintos aspectos sociales y culturales de otras Autonomías.

El intercambio de estudiantes se basará en la confianza entre las instituciones, la transparencia informativa, la reciprocidad y la flexibilidad.

La adhesión por una Universidad a este sistema significará el compromiso de aceptación de unas obligaciones que afectan a distintos aspectos de su funcionamiento (en relación con el intercambio), haciendo accesible a las demás Universidades información sobre curso, calendarios, etc. Así mismo, se comprometerá a utilizar unos métodos de calificación normalizados y a hacerlos llegar a la Universidad de origen en tiempo y forma adecuados.

Para asegurar que el estudiante conoce bien su sistema docente este intercambio deberá realizarse una vez se haya superado en la Universidad de origen lo siguiente:

  • Planes renovados: un mínimo de 30 créditos y estar matriculado en 30 créditos más en Diplomaturas, Ingenierías Técnicas y Arquitectura Técnica; 90 créditos y estar matriculado en 30 créditos más en Licenciaturas, Ingeniería y Arquitectura.
  • Planes no renovados: tener superados en su universidad de origen como mínimo la mitad de las asignaturas del primer curso de la titulación en Diplomaturas e Ingenierías o Arquitecturas Técnicas y el equivalente a curso y medio en Licenciaturas, Ingenierías o Arquitecturas, y estar matriculado en no menos de la mitad de asignaturas del equivalente a un curso académico.
  • Los estudiantes de Grado deberán tener superados un mínimo de 60 créditos y estar matriculados en 30 créditos más.
    El requisito de superación de créditos deberá cumplirse a 30 de septiembre de 2010.

SICUE-Séneca 2012-2013

DESTINOS 2012-2013

Baremación 2011-2012

Documentación:

Becas:

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